Lanzamiento de la Red Informativa de Genocidio y Derechos Humanos

La Fundación Luisa Hairabedian presenta la Red Informativa de Genocidio y Derechos Humanos que tiene como objetivo informar sobre congresos, actualidad, seminarios, publicaciones, conferencias, bibliografía y postgrados relacionados a Ciencias Sociales, Estudios sobre Genocidio, Diáspora Armenia y temáticas afines

sábado, 27 de abril de 2013

COMUNICADO SOBRE LAS DECLARACIONES NEGACIONISTAS DEL EMBAJADOR TURCO


NI OLVIDO NI PERDON. JUSTICIA Y REPARACION

La edición del diario “La Nación” del día 25/4/2013, publica en su página 23, una nota del Sr. Embajador de Turquía en la Argentina, cuyo propósito fundamental es negar que el Estado de dicho país (Imperial en sus comienzos y Republicano con posterioridad) sea responsable por el genocidio del pueblo armenio en los sucesos acaecidos en territorios bajo su jurisdicción entre los años 19l5/23.

 

Con subterfugios dirigidos a engañar a la opinión pública de nuestro país, propugna “el diálogo y los estudios académicos conjunto entre las dos naciones (…) para resolver la controversia”, cuando en el segundo párrafo de la nota admite expresamente que durante la Primera Guerra Mundial “Los turcos no niegan que (…)muchos armenios fueron asesinados” (el subrayado es nuestro). Pretende, asimismo, volatizar la responsabilidad del Estado que representa con apreciaciones jurídicas nebulosas que se evaporan por sus propias inconsistencias, sin tener en cuenta, por caso lo siguiente:

 

a)     Que el texto y los fundamentos del proceso judicial llevado a cabo en nuestro país, durante el cual y mediando las pruebas documentales oficiales expedidos por distintos países, y auténticas pruebas testimoniales, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5, Secretaría nro. 10,  a cargo del Dr. Norberto Oyarbide resolvió declarar con efectos de sentencia definitiva que los crímenes denunciados se tipifican como genocidio y que la responsabilidad por su organización y ejecución es del Estado turco.

b)    Que el Estado turco se negó a colaborar con la investigación llevado a cabo en nuestro país por medio del Poder Judicial, por mandato conferido por la Sala II de la Excma. Cámara Federa de Apelaciones de la Capital Federal violando la responsabilidad asumida como miembro de la comunidad internacional de llevar a la práctica los compromisos  establecidos en el Derecho Internacional Público.

c)     Que el Código Penal del Estado turco, en su artículo 301 castiga con prisión de 6 meses a 3 años a quién “denigre lo turco” (mediante el cual fueron perseguidos numerosos ciudadanos, entre ellos el prestigioso periodista Hrant Dink, asesinado por nacionalistas turcos en 2008) mientras que su embajador, muy suelto de cuerpo, invita al diálogo precisamente a los presuntos “delincuentes” de acuerdo a la legislación de su país.

d)    Que supone con manifiesta ingenuidad que alguien pueda creer que la deportación con fines de muerte masiva por inanición, como la sufrida por el pueblo armenio, pueda ser infantilmente calificada como “reubicación” ¿Hacia dónde que no fuera morir por múltiples e inhumanas penurias ( en el desierto sepulturero, hambrientos, sedientos, agotados, torturados, con ejecuciones sumarias y cuanta crueldad era capaz de provocar el Estado terrorista turco de entonces) hacia dónde, entonces, Sr. Embajador?

e)     ¿Ignora, acaso, que las Convenciones y Pactos internacionales referidos a los derechos humanos en particular han sido incorporados a nuestra Constitución Nacional con igual grado de jerarquía que las normas que la conforman, y con esa particularidad son juzgados en nuestro país los genocidas, sus cómplices y encubridores durante la dictadura de 1976/83?

f)     ¿Ignora, por ventura, que la aplicación de los preceptos de la jurisdicción universal por crímenes de lesa-humanidad, por caso el genocidio, permite su juzgamiento por cualquier tribunal de justicia y ser promovida por cualquier miembro de la familia humana, tal como tuvo lugar en nuestro país en el Juicio por el Derecho a la Verdad del Genocidio de Armenios en territorios bajo el dominio de Turquía entre 1915/23?

g)      ¿Ignora el Sr. Embajador que la Ley Nacional de la República Argentina nro. 26.199 conmemora el genocidio del que fue víctima el pueblo armenio?

h)    ¿Ignora que en nuestro país también hubo intentos de desviar la legitimidad de la instancia judicial civil para someter al debido proceso los crímenes de la dictadura, a través de estratagemas como las utilizadas por el Embajador de Turquía en la nota periodística de que se trata, pero que afortunadamente fueron efectivamente superadas desde el advenimiento del actual gobierno nacional?

i)      ¿Ignora el paralelismo sustancial de los genocidios y delitos de lesa humanidad llevado a cabo por los Estados terroristas, que tiene por fin la eliminación de pueblos o sectores sociales que osan rebelarse a sus opresores en determinados momentos del devenir histórico y con los medios que poseen al efecto, circunstancias éstas que confieren la particularidad que el Sr. Embajador destaca desviando el eje de la cuestión?

 

Consiguientemente, consideramos que el caso que nos ocupa, la de justicia y reparación del crimen de genocidio contra el pueblo armenio por el Estado de Turquía, deber ser abordado judicialmente  como delitos que ofenden y agravian a la humanidad en general, a los armenios en particular, y al propio pueblo turco, evitando que supuestos acuerdos “académicos” o “diplomáticos” sustituyan la decisión judicial nacional o internacional.

 

 

Fundación Luisa Hairabedian

Buenos Aires, 25 de abril de 2013.

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